TRANSPARENCIA ALMOLOYA DE JUÁREZ
INSTRUCCIONES: DA CLIC A LA FRACCIÓN QUE DESEAS CONSULTAR DE LOS ARTICULOS 12 Y 15 DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
Artículo 15.- Los Sujetos Obligados a los que se refiere el artículo 7 fracción IV de esta Ley, adicionalmente a la información señalada en el artículo 12 deberán contar, de manera permanente y actualizada, con la siguiente:
Fracción II.- Planes de Desarrollo Municipal; reservas territoriales y ecológicas; participaciones federales y todos los recursos que integran su hacienda, cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y tablas de valores unitarios de suelo y construcciones, que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
Atención Ciudadana Enero 2012
Achivos 2011